viernes, 7 de noviembre de 2008

Reflexiones acerca de la pena de muerte

Al hilo de una encuesta dada a conocer el pasado día 30 de octubre, hoy tocaré un tema que levanta no pocas controversias, el de la pena de muerte. Bajo mi punto de vista no es asumible su aplicación en España (ni en el resto del mundo) porque depende de que el entramado policiaco-judicial haga bien su trabajo y no envíe al patíbulo a personas inocentes o sobre cuya culpabilidad pesa la duda razonable. En síntesis, el sistema es imperfecto y por ello no se debería habilitar una pena final de tan absoluta irreversibilidad.

No obstante... ¿y si hubiera una forma de convertir en infalibles las sentencias? Ya se que es una especulación absurda, pero serviría para depurar el posicionamiento de cada uno sin el peso que para la conciencia supone la posibilidad del error. En caso de existir un medio de refinar hasta el extremo el sistema judicial a mí no me molestaría nada ver retirados de la circulación a asesinos múltiples o a terroristas masivos. No me produce ningún dilema moral.

La reflexión que planteo es la siguiente: ¿desde qué perspectiva debe observarse la aplicación de la pena de muerte? Se me ocurren varias alternativas:

1) Como un escarmiento, una medida coercitiva del tipo "aviso a navegantes". Lo malo es que no hay (o yo no he dado con ello) estudios concluyentes que determinen la relación directa entre la pena capital y la disminución de los índices de criminalidad en aquellos países donde está vigente.

2) Como un intento objetivo de librar a la sociedad de un elemento pernicioso. Muerto el perro se acabó la rabia, vendría a ser. Su lógica es, en apariencia, aplastante, pero deja el cabo suelto de eludir entrar en las causas y procesos que llevan a una persona a convertirse en un asesino. Y hay casos en los que existen factores que influyen decisivamente en determinadas patologías que derivan en comportamientos criminales. Omitirlos podría llevar a acentuarlos.

3) Como una reparación moral hacia la familia de la víctimas. Reparación escasa, habida cuenta del golpe que supone perder a un familiar, y más si es por muerte violenta. No sería tanto impartir justicia, ya que no existe un valor de justicia universal sino que el término se ajusta al sistema de valores imperante. Tendría más que ver con dar a los allegados de la víctima la recompensa de ver cómo el criminal de turno, el causante de su sufrimiento, deja de existir. La venganza como servicio público.
4) Como un frío castigo del Estado a todo aquel que vulnere la ley en los términos estipulados. Con independencia de otras implicaciones más allá de hacer llegar a los ciudadanos que se actúa contra el crimen de manera (presuntamente) eficaz.

5) Una manera de ahorrar cargas al Estado en forma de manutención indefinida. A más de un contribuyente no le resultaría antipática la medida cuando hablamos de criminales peligrosos. El Estado se deshace de un plumazo de quien, en muchos casos, no es más que un objeto de dispendio para las arcas públicas, ayudando a solucionar de paso el problema de la masificación penitenciaria.

6) Un compendio de todo lo anterior.

¿Y qué hay de la rehabilitación? Por supuesto, me parece acertado que el sistema penitenciario esté orientado en esa dirección, pero eso es una cosa y el buenismo como norma es otra. Hay gente irrecuperable que no merecería invertir un solo céntimo en su mantenimiento carcelario.

Ya de vuelta a la cruda realidad, habría que enfrentarse al problema de qué figura jurídica diseñar para llevar a término la pena de muerte sin el riesgo de que se nos cuelen inocentes por instrucciones judiciales defectuosas, investigaciones policiales descuidadas o falta de recursos para disponer de una defensa adecuada. Así que, conociendo el mundo en el que vivimos, en el que el error y la negligencia están a la orden del día, no me declaro partidario de la pena de muerte.

Y por otra cosa más: si un asesino sabe que por matar a una persona el Estado terminará acabando con su vida, ¿qué le impedirá llevarse por delante a otras veinte más?

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