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jueves, 30 de abril de 2015

Enfilando el camino del acta de registro gay

[Foto: taringa.net]
Leo en esta noticia que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), atendiendo a lo dictaminado por una corte francesa, establece que los homosexuales masculinos europeos podrían se excluidos de donar sangre. También se cita en el artículo que el derecho francés ya aparta de la donación de sangre a los hombres que mantengan relaciones íntimas con otros hombres.

Bueno, esto último, como diría aquel, resulta "tremendamente llamativo" en un país que presume de modelo de democracia y libertades.

En cualquier caso, la noticia capta mi atención porque no especifica el modo en que se podría detectar a un gay antes de hacer una donación. Sí, es cierto que antes hay que responder un cuestionario, al menos así es en España, pero nadie asegura la veracidad de las contestaciones. Y no todos los gays son Víctor Sandoval, no todos hacen de su pluma una seña de identidad. ¿Cómo demonios se les va a descubrir?

Solo se me ocurre un modo medio eficaz de saber cuando tenemos delante un gay a punto de regalar hemoglobina: mediante un registro previo de hombres homosexuales. Y ni aún así (de ahí lo de medio eficaz) porque ya me dirán que mecanismo se pondría en marcha para encontrar gays por las calles de ciudades y pueblos para forzarles a registrarse. ¿Cuestionarios? Se pueden falsear. ¿A través del registro de parejas de hecho y matrimonios? Quedarían fuera los solteros y los que aún permanecen en el armario. ¿El censo? Ríanse, por favor. ¿A alguien se le ocurre otra manera, al menos medio eficaz?

Solo se me ocurre una: un aparato similar a "cerebro" que el profesor Xavier utiliza para encontrar mutantes a lo largo y ancho del globo, pero convenientemente reajustado para localizar ADN gay. Sin embargo hay un problema: la preferencia sexual no tiene mucho que ver con el ADN. Y otro más, pero no menos desdeñable: ni "cerebro" ni el profesor Xavier existen.

Así que, o van con todo y pergeñan ese registro, cual acta de registro superhumana, o la noticia no tiene más recorrido que la que le estarán dando miles de tuiteros por todo el continente a tenor de su inviabilidad. Eso, y el ataque que supondría contra los derechos fundamentales de millones de ciudadanos de la Unión.

De todas formas, como hasta de la peor basura una puede sacar provecho, tomo prestada la idea fundamental para hacer una sugerencia. Ya que en Europa existe la inquietud de evitar que el estilo de vida de determinados ciudadanos causen perjuicio al resto se me ocurre lo siguiente para profundizar en el concepto: quitar el derecho al voto a los estúpidos. Ocurre como con los gays: se les nota a unos más que a otros y su voto es, en la mayoría de casos, tan nocivo y pernicioso como la transfusión de un enfermo de SIDA. Salgan a la calle y miren a su alrededor o enciendan el televisor a ver si hay bemoles a refutar esta afirmación.

En fin, debe ser muy costoso el proceso de análisis de una muestra de sangre para tirar por la calle de enmedio y quitarse de un plumazo a quien sabe cuántos miles de potenciales donantes. Será que andan sobrados de donaciones en los hospitales europeos.

lunes, 9 de diciembre de 2013

¿Exenciones legales para las religiones?

La comunidad sij del pueblo catalán de Olot quiere que a sus miembros se les permita circular en moto sin casco, algo que obliga la normativa nacional de seguridad vial. Argumentan que para esta religión proveniente de India el turbante que cubre la cabeza de sus fieles es un símbolo sagrado que no se puede tocar, ni siquiera para proteger la cabeza con un casco.

Me asaltan sentimientos encontrados con esta noticia: por un lado pienso que, a fin de cuentas, si uno de estos sijs se parte el cráneo en un accidente es su problema, y cada uno con su seguridad personal hace lo que cree oportuno. Difícilmente un sij con la cabeza partida será algo que perjudique a un tercero en un hipotético accidente.

Por otro lado me pregunto acerca de cual es el derecho que asiste a una comunidad religiosa, la que sea, para solicitar una dispensa en el cumplimiento de una ley que es igual para todos. En un país serio las leyes no deberían modificarse a la carta, y menos a causa de un particularismo tan personal como es el religioso.

Pero, ah, estamos en España, un país que mantiene activas relaciones con en Vaticano pero que al mismo tiempo presume de aconfesional en su Constitución. Semejante esperpento da pie a que cualquier confesión religiosa pueda quedar eximida de cumplir con este o aquel precepto legal porque, acabáramos, sería ilegal la discriminación por motivo religioso.

De tal modo ¿como podríamos justificar la exención que disfruta la Iglésia Católica del pago del IBI y negar lo que pide la comunidad sij de Olot? ¿Unos sí y otros no? Estaríamos hablando de un acto inconstitucional. Si los sijs, los musulmanes o los judíos no tienen concordato como el firmado con el Vaticano estarían en su pleno derecho de exigirlo, o al menos uno equivalente, dado que no tienen un estado que dicte sus normas, porque no se les puede discriminar. A esto nos lleva vivir en un estado definido como aconfesional pero que en la práctica no lo es.

Será gracioso conocer como se las arreglan desde el Gobierno para solventar la papeleta. A fin de cuentas también puede entenderse la polémica como una cuestión de derechos individuales, y el PP siempre que puede presume de partido liberal. Aunque ya sabemos qué tipo de libertad es la que realmente defienden.

Por mi parte, y dado que soy consciente de la situación de derrumbe que vive nuestra democracia, y que ya he perdido toda esperanza de ponernos a ras del resto de Europa Occidental, por mí digo, que a estos sujetos se les permita ir como les venga en gana. No seré yo quien muestre más consideración por su integridad física que los propios interesados.

Ahora bien, si viviéramos en un país serio, donde el laicismo, esto es, la neutralidad ideológica, fuera la piedra angular del funcionamiento de nuestras instituciones, esta sería una cuestión sobre la que no cabría debate alguno. En casa de cada uno lo que cada uno quiera, pero allá donde competa la legislación pública ni un paso atrás frente a la superstición ni al particularismo.

jueves, 26 de enero de 2012

Los prejuicios tenían condenado a Camps, pero la Justicia no

Francisco Camps ha sido declarado "no culpable" y sus detractores están que se tiran de los pelos. Cuestionan la legitimidad del proceso, la imparcialidad del tribunal, las facultades del jurado para valorar las pruebas y la propia capacidad de la Justicia para impartir ídem. Poco he hablado en esta bitácora del caso Gürtel. Soy un lego en derecho y no pretendo saber más que jueces, fiscales y abogados. Por muy mal que me caiga el sujeto, he intentado que mis prejuicios contra él no me llevaran a juzgarle al margen de los tribunales. Apenas he vertido opiniones sobre la Gürtel en ningún foro o blogs en los que participo, más allá de mofarme de Camps por cuestiones ajenas al proceso judicial.

Muchos de los que pueblan la acera izquierda de la vida política española se habían hecho una idea de la culpabilidad de Camps en base, precisamente, a esos prejuicios. Se le tiene por un tipo asqueroso, que da grima, con pinta de baboso de esos con restos blancuzcos en las comisuras de la boca; prepotente, chulo, pijo y que ha dejado arruinada a su Comunidad Autónoma. Un político que gana elecciones por amplia mayoría pese a encarnar el paradigma del corrupto. Se le tenían tantas ganas que solo se podía esperar un veredicto de culpabilidad. La Justicia no podía estar tan ciega.

Pues no. Se le tenía que juzgar y el veredicto es de no culpable, esto es, las pruebas que hay no son suficientes para condenarle más allá de una duda razonable. Y este precepto sirve para tod@s. ¿O algun@ querría que se le tratase de otra forma?

Las posturas previas hacia su persona tenían condenado a Camps de antemano, y me gustaría saber quien tiene el valor de reconocerlo ahora. Que sí, que es un indeseable, pero es un político español. ¿Qué esperábamos? Eso no le convierte en autor de cuanto se le impute. España es país de juicios paralelos en cualquier ámbito. Dicen que todos los españoles llevamos dentro un seleccionador nacional de fútbol. Y un juez, añado yo, aunque no se tenga ni zorra idea de leyes ni de procedimientos judiciales. Yo me niego a atrincherarme en mi ideología, por distinta que sea a la de alguien tan sospechoso como Camps. Que sí, que me cae mal, que me parece odioso, pero eso no me lleva a arrogarme unas facultades para la interpretar las leyes que no poseo.

Habrá recurso, supongo, y se podrán afinar más las pruebas de lo que se ha hecho en primera instancia. A ver si sus acusadores se lo curran más esta vez. Opinar desde la silla de casa sobre asuntos tan especializados es como hacerlo desde la barra del bar con el chato de vino enfrente y el palillo entre los dientes mientras se ve "Sálvame". El mundo en muchas ocasiones funciona de forma distinta a como parece desde los medios. Esos medios, tan imparciales y honestos, que nos hacen ver tan hábilmente aquello que queremos ver. Malditos, saben lo que su público reclama, y se lo dan. Ojalá se hundan todos.


Y con el caso Urdangarín vamos por el mismo camino. Primero se crea el ambiente propicio a la situación X, favorecido por los que desean ese desenlace. Luego la resolución es de signo contrario y la conclusión es que la justicia es una mierda¿Fue también una mierda cuando fue archivado el caso de las sedaciones del Dr. Montes? ¿O cuando se resolvió el caso Bono a favor de los policías inicialmente inculpados? ¿Ha sido una mierda con el 11-M? ¿Con todos los etarras condenados y con los que no lo fueron, que también los ha habido? No seamos ombliguistas ni nos volvamos locos. También hubo absueltos relacionados con la época de la corrupción felipista. ¿No somos capaces de evitar caer en los mismos errores?

lunes, 3 de enero de 2011

Reflexiones acerca de la entrada en vigor de la nueva ley anti tabaco

Hace un tiempo escribí una entrada en la que mostraba cierta cautela y recelo ante la, entonces, inminente entrada en vigor de la primera ley anti tabaco que prohibía fumar parcialmente en locales de acceso público y centros de trabajo. Consideraba que permitir fumar o no debía quedar a criterio del propietario del negocio siempre que se ajustara a la ley, dado que ni antes ni ahora el tabaco deja de ser legal. Pensaba que el derecho a la propiedad y a decidir sobre ella estaba por encima de intromisiones estatales.

A día de hoy ya no pienso así. De hecho, poco tiempo después de escribir aquel post dejé de pensar así. Todo comercio se encuentra sujeto a notables condicionamientos legales, y el que entró en vigor hace cinco y años quedó completado desde ayer es solo uno más. Del mismo modo que un establecimiento comercial, dependiendo del tipo que sea, ha de cumplir unas normas que le vienen impuestas en materia de seguridad y salud, protección contra incendios, extracción de humos, etc., ahora le toca hacer lo propio para velar por la calidad del aire que sus clientes y empleados respiran. Y a mí me parece razonable.

La clientela es libre de no entrar en locales donde se permita fumar, pero quienes trabajan en ellos no pueden elegir, no en un contexto laboral de marcado desequilibrio entre demanda y oferta. Y ahí es donde juega su papel el Estado, como agente reequilibrante en situaciones donde se produce una situación de injusticia y/o indefensión. ¿Es libre el empleado de un bar, obligado a tragar el humo de sus clientes, de abandonar su trabajo si considera que su salud está amenazada? Lo es, pero ofrezcasele antes un marco laboral donde las oportunidades de trabajar sean acordes a la demanda de trabajo y daré validez al argumento, pero no antes. Dicho de otro modo, mientras haya escasez de empleos hasta el punto de que para poder comer uno tenga que aferrarse al mal menor, el argumento de la libertad no puede contemplarse. No si lo que queremos es una sociedad física y mentalmente sana y en progreso.

Algunas alegaciones que presentan los fumadores resultan bastante peregrinas, y parecen más producto de la frustración que de la reflexión. Se quejan de que se siga vendiendo tabaco en los bares aunque tengas consumirlo fuera, algo que pasa con otros productos en los lugares donde se adquieren sin que levante la menor suspicacia. En los bares y restaurantes por lo general no se permite el consumo de comida propia, y hay lugares y establecimientos donde está prohibido comer o beber y no por ello se crea conflicto alguno ¿Quien consume en las tiendas? Nadie. Se compra y, por regla general, se consume en casa o por la calle. Es el mismo caso.

Lo de ahora es un pataleo. Los fumadores se sienten perseguidos, pero el Estado no tiene por qué amparar la adicción de nadie, y menos cuando representa un perjuicio para terceros. Sí, ya se que los coches contaminan mucho más, pero ello no invalida lo del tabaco. Todo ha de llegar, pero cada cosa tiene su velocidad, su ritmo y su momento de viabilidad. Atacar el tabaquismo en lugares públicos es mucho más viable hoy día que abordar en similar medida la contaminación que genera la industria automovilística, lo cual no significa que no vaya a ocurrir nunca. Es solo una pequeña victoria, pero la idea es progresar en esta dirección.

En Twitter he llegado incluso a leer como personas de izquierdas asumían posturas que ya son clásicas de la derecha española. Aquello del "con la que está cayendo" para denostar que el gobierno se tome tantas molestias en algo que consideran de escasa importancia (la derecha lo hace con la memoria histórica o con el debate sobre el modelo de gobierno). Es su adicción la que les hace hablar así, olvidando conceptos como la tolerancia, la igualdad o el respeto al prójimo que deberían desprenderse de cada una de sus reflexiones.



Para una cosa que desde el gobierno se hace bien digo yo que habrá que alegrarse, sin que por ello dejemos de prestar atención a otras cosas igual o más importantes. Lo uno no acaba con lo otro. Pero que la ley anti tabaco es todo un logro no me cabe duda. Las rebeldías seran pasajeras, en pocos meses ya no habrá polémica y será algo tan interiorizado como no fumar en el trabajo. Porque tengamos muy presente que esta ley es un triunfo para la salvaguarda de los derechos de quienes los estaban viendo conculcados.

jueves, 20 de mayo de 2010

La religión sigue presente en la legislación española

El legendario cantante popular Javier Krahe será llevado a juicio por cocinar un cristo en 1978. Quien quiera leer más sobre este esperpento que lo haga aquí.

Muchos se quejarán del juez, que como es posible que hoy en día un magistrado pueda sacar adelante una causa como esa. Pues bien, el problema no es el juez, sino de la ley. Más concretamente del Código Penal, que castiga la ofensa a las las creencias religiosas en su artículo 525:

1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los
sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de
palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus
dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes
los profesan o practican.
Lo gracioso es que si se presenta una denuncia por este motivo el juez tiene base legislativa para aceptarla y tramitarla, y si no lo hace puede ser acusado de prevaricación, porque la ley es la ley y, si está escrita, no puede saltársela. El artículo de marras no es más que otra reminiscencia que aún nos queda del nacionalcatolicismo franquista más cavernícola. ¿Quien dijo que la transición estaba superada?

Por cierto, el mismo artículo también trata del mismo modo a quienes no profesen confesión alguna:

2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.
Como laicos, ateos y cultivadores del libre pensamiento necesitáramos mayor defensa ante el pensamiento mágico que los argumentos dados por la lógica y la razón. Peste de teístas fanáticos. Visto el caso, habrá que postularse a favor de llevar a juicio a la gente religiosa por ofender los sentimientos de los ateos en sus persistentes atentados contra la razón y el sentido común. ¡Y que a nadie se le ocurra mofarse del sacrosanto monstruo volador de espagueti que le meto una querella!

El vídeo, que aún siendo una chorrada, no lo es más que las salidas de tono de algún que otro
representante eclesiástico:





George Carlin: religion is a bullshit. Hoy es un buen día para recordarle:


jueves, 20 de agosto de 2009

¿Libertad de enfermar o potestad gubernamental para prohibir el tabaco?

Nuevamente, al igual que me pasó con el proyecto de la ley del aborto, tengo sentimientos encontrados ante una nueva iniciativa legislativa del gobierno, en éste caso la anunciada ampliación de la ley anti-tabaco que contempla la prohibición de fumar en todo recinto cerrado, aunque sea de titularidad privada. Y esta ambivalencia nace de alguien que se declara visceralmente anti tabaco, quiero aclarar.

Según lo que sabemos, la ministra de sanidad quiere prohibir fumar en todos los espacios públicos, entendiéndose como tales cualesquiera donde se reúna un grupo más o menos numeroso de gente. No, no se refiere a estaciones de metro, autobuses, hospitales o ministerios, no. Se refiere esencialmente a negocios privados como las cafeterías, restaurantes, discotecas
y demás establecimientos hosteleros.

Mi pregunta es ¿tiene legitimidad un gobierno para imponerle a un propietario los usos que debe permitir o prohibir dentro de su propiedad? Y que conste que si finalmente la reforma entra en vigor seré el primero en disfrutarlo, pero ello no es óbice para que me haga determinadas preguntas acerca del derecho del Estado a inmiscuirse en la vida privada de sus ciudadanos. A fin de cuentas, la misma libertad que tienen los fumadores de llenar sus pulmones de humo cancerígeno la pueden ejercer los no fumadores absteniéndose de entrar el lugares donde se permita esta práctica.

Intentemos hacer una interpretación que avale la medida como éticamente aceptable. A ver, el gobierno quiere prohibir una actividad al ser
demostradamente perjudicial para la salud, sin embargo permite que ese producto se venda libremente en los estancos, con lo cual se convierte en cómplice pasivo de los mismos males que intenta erradicar. No obstante, esto último se da al amparo del concepto de libertad individual, ya que cada uno es libre de someter a su propio cuerpo a todas las torturas que se le antojen. Ahora bien, si lo hacen en grupo debe prohibirse, ya que existe una alta probabilidad de que en un colectivo de personas reunidas en una porción concreta de espacio haya un más que significativo número de no fumadores, cuyo derecho a no ser ahumados hay que salvaguardar, aun a costa de vulnerar el derecho de los fumadores a hacer con su cuerpo lo que les plazca y el de los propietarios a imponer las normas que estimen oportunas dentro de su propiedad.

Si el gobierno fuese coherente, intentaría legislar al mismo tiempo y en el mismo sentido con respecto al alcohol. ¿O acaso el alcohol en exceso no es perjudicial para la salud? ¿Acaso no provoca adicción? Y si hablamos de actos cotidianos que atacan la salud de las personas, ¿que pasa con los coches y sus emisiones contaminantes? ¿Por qué no se prohíben? Supongo que la respuesta sería que los beneficios de que la gente posea automóviles superan a los perjuicios, además de ayudar a sostener la economía del país. Pero entonces ya no hablamos de ética, sino de economía.

Por otro lado, este proyecto de ampliación de ley no sería más que una extensión de algo que ya existe: en los lugares de trabajo de las empresas privadas ya está prohibido fumar. Repito pues la pregunta, ¿es legítima una intromisión del Estado en la vida privada de los ciudadanos bajo la excusa de preservar su salud? Lo sería, por ejemplo, si blandiera como pretexto el elevado coste económico que para la sanidad pública entraña el vicio de fumar, pero una conclusión lógica de ello sería deslizar la amenaza de retirar el derecho a una asistencia sanitaria pública a todo aquel que enfermara por causa del tabaco, lo cual tendría que ser demostrado por un equipo de expertos y... la cosa se va complicando, ¿verdad?

Yo ahora pienso en todos aquellos hosteleros que se vieron obligados a efectuar reformas en su establecimiento para adaptarse a la primera ley antitabaco. Si finalmente se aprueba la reforma legal, será un dinero tirado a la basura. ¿Quién les compensará? El gobierno se está metiendo en un charco que muchos no van a entender.

martes, 21 de julio de 2009

¿Qué tratamiento legal merece la violencia ejercida por menores?

El PP pedirá lo que a todas luces sería una rebaja de la edad penal para delitos especialmente escabrosos cometidos por menores. Éstas iniciativas siempre surgen al calor de los noticiarios, con la carga de populismo que por ello llevan y transmitiendo la idea de que hay menores violando niñas en cada descampado. Pero, por una vez y sin que sirva de precedente, coincido con los populares. Si un menor se siente lo suficientemente adulto para violar o asesinar, que la ley le trate como tal.

Quizá el número de delitos violentos cometidos por menores no sea realmente significativo, pero hay que admitir que casos como los de Marta del Castillo o alguno de los recientemente conocidos suponen un golpe a la conciencia colectiva y generan alarma social. No creo que la escasa relevancia numérica de hechos como éstos deba suponer un freno para la ley en su lucha por erradicarlos o, en su defecto, un obstáculo para la entrada en vigor de un castigo acorde con el delito cometido. El matrimonio gay existe sin que hubiera una demanda social masiva para su implantación, y funciona sin que se produzca mayor molestia para quienes no quieren hacer uso del mismo. En el caso de la rebaja de la edad penal estaríamos ante similar circunstancia.

En España un menor de 13 años puede cometer cualquier fechoría y salir completamente impune a efectos legales. En el momento en que se dan sucesos como los enlazados (y me viene a la cabeza el escalofriante caso del pequeño James Bulger en 1992), con menores de ésta edad implicados, me parece razonable el planteamiento una reforma legal que incluya exigencia de responsabilidad penal. El modo en que ésta se articule ya pide hilar más fino, pero por una cosa sí abogaría: que siendo delitos con especial violencia o con resultado de muerte, las penas se acerquen a las cumplidas por un adulto. Y que un chico de 15 o 16 años que cumpla condena por asesinato en un centro de menores ingrese en una prisión de adultos en cuando alcance la mayoría de edad y termine su pena allí.

Siempre he defendido que las leyes deben adaptarse a los cambios sociales. Desde el momento en que un hábito, una costumbre o una conducta se abre hueco entre los ciudadanos, sean aquellos mejores o peores, los legisladores deben tenerlo en cuenta para no desempeñar su labor al margen de la sociedad. Se hace con nuevas modalidades de delincuencia, o en el momento de normalizar tipos de familia distintos del tradicional. Un chaval que comete un crimen como los descritos no puede salir impune, y ni la familia de la víctima ni la sociedad puede percibir que sale impune. Una vez hecho el mal, al menos se ha de conceder el resarcimiento de una condena adecuada a la gravedad del delito ya que doy por descontada la potenciación de políticas de prevención y educación.

En España gozamos de un Código Penal bastante garantista, en gran medida debido a la rémora del franquismo según mi parecer. Durante la transición y los años sucesivos había que disociar el rumbo de nuestra recién nacida democracia de los usos y métodos del sistema legal franquista, lo cual es entendible habida cuenta del sufrimiento producido, pero no justifica que más 30 años después de muerto dictador aún sigamos presos de un buenismo nacido como contraposición a las premisas del franquismo. Pienso que ya es tiempo de afrontar sin complejos los problemas que aquejan a nuestra sociedad y de sentirnos democráticamente legitimados para ello.

viernes, 7 de noviembre de 2008

Reflexiones acerca de la pena de muerte

Al hilo de una encuesta dada a conocer el pasado día 30 de octubre, hoy tocaré un tema que levanta no pocas controversias, el de la pena de muerte. Bajo mi punto de vista no es asumible su aplicación en España (ni en el resto del mundo) porque depende de que el entramado policiaco-judicial haga bien su trabajo y no envíe al patíbulo a personas inocentes o sobre cuya culpabilidad pesa la duda razonable. En síntesis, el sistema es imperfecto y por ello no se debería habilitar una pena final de tan absoluta irreversibilidad.

No obstante... ¿y si hubiera una forma de convertir en infalibles las sentencias? Ya se que es una especulación absurda, pero serviría para depurar el posicionamiento de cada uno sin el peso que para la conciencia supone la posibilidad del error. En caso de existir un medio de refinar hasta el extremo el sistema judicial a mí no me molestaría nada ver retirados de la circulación a asesinos múltiples o a terroristas masivos. No me produce ningún dilema moral.

La reflexión que planteo es la siguiente: ¿desde qué perspectiva debe observarse la aplicación de la pena de muerte? Se me ocurren varias alternativas:

1) Como un escarmiento, una medida coercitiva del tipo "aviso a navegantes". Lo malo es que no hay (o yo no he dado con ello) estudios concluyentes que determinen la relación directa entre la pena capital y la disminución de los índices de criminalidad en aquellos países donde está vigente.

2) Como un intento objetivo de librar a la sociedad de un elemento pernicioso. Muerto el perro se acabó la rabia, vendría a ser. Su lógica es, en apariencia, aplastante, pero deja el cabo suelto de eludir entrar en las causas y procesos que llevan a una persona a convertirse en un asesino. Y hay casos en los que existen factores que influyen decisivamente en determinadas patologías que derivan en comportamientos criminales. Omitirlos podría llevar a acentuarlos.

3) Como una reparación moral hacia la familia de la víctimas. Reparación escasa, habida cuenta del golpe que supone perder a un familiar, y más si es por muerte violenta. No sería tanto impartir justicia, ya que no existe un valor de justicia universal sino que el término se ajusta al sistema de valores imperante. Tendría más que ver con dar a los allegados de la víctima la recompensa de ver cómo el criminal de turno, el causante de su sufrimiento, deja de existir. La venganza como servicio público.
4) Como un frío castigo del Estado a todo aquel que vulnere la ley en los términos estipulados. Con independencia de otras implicaciones más allá de hacer llegar a los ciudadanos que se actúa contra el crimen de manera (presuntamente) eficaz.

5) Una manera de ahorrar cargas al Estado en forma de manutención indefinida. A más de un contribuyente no le resultaría antipática la medida cuando hablamos de criminales peligrosos. El Estado se deshace de un plumazo de quien, en muchos casos, no es más que un objeto de dispendio para las arcas públicas, ayudando a solucionar de paso el problema de la masificación penitenciaria.

6) Un compendio de todo lo anterior.

¿Y qué hay de la rehabilitación? Por supuesto, me parece acertado que el sistema penitenciario esté orientado en esa dirección, pero eso es una cosa y el buenismo como norma es otra. Hay gente irrecuperable que no merecería invertir un solo céntimo en su mantenimiento carcelario.

Ya de vuelta a la cruda realidad, habría que enfrentarse al problema de qué figura jurídica diseñar para llevar a término la pena de muerte sin el riesgo de que se nos cuelen inocentes por instrucciones judiciales defectuosas, investigaciones policiales descuidadas o falta de recursos para disponer de una defensa adecuada. Así que, conociendo el mundo en el que vivimos, en el que el error y la negligencia están a la orden del día, no me declaro partidario de la pena de muerte.

Y por otra cosa más: si un asesino sabe que por matar a una persona el Estado terminará acabando con su vida, ¿qué le impedirá llevarse por delante a otras veinte más?

miércoles, 14 de mayo de 2008

El laicismo de opereta del PSOE

El Gobierno ha abierto la puerta a una mayor profundización en los principios laicos del Estado. La actitud timorata y servil de la que el ejecutivo de Rodríguez Zapatero hizo gala con la jerarquía católica durante la pasada legislatura parece que no tendrá continuidad en la presente, o eso es lo que quienes anhelamos un estado laico deseamos. Lo malo es que, a tenor de lo dicho por representantes socialistas, ésta puerta por el momento tan solo está medianamente entreabierta. La información de lo que se pretente hacer brilla por su ausencia y muchos nos tememos que la orientación que se le quiere dar a éste giro laicista no sea la que debería darle un gobierno que toma el laicismo por bandera.


El campo de juego va a ser la ley de libertad religiosa, texto legal que data de 1980 y que, a la luz de la realidad española actual, ya tocaba reformar. La vicepresidenta De la Vega dice que el retoque legislativo se ha de adecuar a “las nuevas circunstancias y al pluralismo religioso que caracteriza a la España de hoy” pero, ¿qué quiere decir esto? Porque uno empieza a cavilar y las conclusiones a las que llego no son agradables. Veamos, un país laico es Francia, y allí la separación entre Iglesia y Estado es completa y total y la libertad de culto está garantizada, de otro modo no se podría explicar la creciente proliferación de inmigración musulmana en las últimas décadas. Ahora bien, según se desprende de las palabras de De la Vega, la reforma que piensan propugnar no iría encaminada a imitar el modelo francés ni a restar terreno a la religión doctrinal en los ámbitos públicos sino a hacer extensivos los pactos establecidos con el Vaticano a otras confesiones religiosas.


Y la pregunta es clara. ¿Es esto profundizar en el laicismo? No señores, laicismo no es beligerancia contra la religión, pero tampoco es connivencia. El concordato de 1979 que regula la relación entre el estado español y el Vaticano define unos términos preferenciales en el trato, no sólo en relación a otras religiones, sino en relación a la propia condición aconfesional del propio estado. Un estado que se pretenda laico no puede destinar un espacio en el impreso del I.R.P.F a la financiación de ninguna religión, ni puede permitir que la doctrina religiosa se imparta en los centros de enseñanza públicos. Y de hacerlo, no puede dejar en manos de quienes la imparten la eleccion del profesorado.


Pero la verdadera piedra de toque es el artículo 16.3 de nuestra sacrosanta Constitución, en el que, hay que decir que de forma bastante ambigua y, por tanto, atacable, se consagra la relación de sumisión que venía teniendo el estado con respecto a la jerarquía vaticana. Pero, ay, la Constitución es algo aparentemente intocable. Zapatero ya habló de reformarla para algo tan trivial como eliminar los efectos de la arcaica ley sálica en la sucesión de la jefatura del Estado y todo se quedó en agua de borrajas. Iniciar un proceso de reforma constitucional con las relaciones Iglesia-Estado en el punto de mira se me antoja algo inabordable para un gobierno como el que tenemos, sin mayoría absoluta y necesitado del apoyo de formaciones políticas con un substato netamente cristiano como CiU y PNV. Del PP ni hablamos.


Así que, o mucho me equivoco o preparémonos para el desembarco de las religiónes islámica, evangelista, judía y la que sea capaz de acreditar una mínima representación popular en España, en unos ámbitos públicos que un verdadero estado laico les tendría vetados. Espero que dentro de no mucho tiempo tenga que tragarme mis propias palabras, pero a día de hoy no abrigo demasiadas esperanzas.

sábado, 31 de marzo de 2007

Hagan lo que digo, pero no lo que hago

¿Alguien se acuerda del "decretazo"? Aquella reforma laboral perpetrada por el PP allá por el año 2002 y que el gobierno presidido por José María Aznar sacó adelante por arte de convertirla en un real decreto ley, de ahí su sobrenombre, lo que aceleraba su tramitación y entrada en vigor. Se presentaron varios recursos contra la medida y, cinco años después, el Tribunal Constitucional les da la razón tildando aquella reforma legal de inconstitucional.


Es decir, que el mismo partido político que está con el hacha presta a despedazar cualquier propuesta que contenga un minúsculo asomo de amenaza, real o ficticia, contra la Carta Magna, cuales modernos (es un decir) guardianes de la virtud constitucional, es también el partido que pone sobre la mesa reformas legales que tampoco se ajustan a esa frontera que les imponen a los demás y que tan inquebrantable les parece. Los mismos que glorifican la Constitución y la convierten en el fin último de todas las cosas, hasta el punto de recurrir reformas como el estatuto catalán y el matrimonio homosexual por su presunta inconstitucionalidad, se la pasan por el forro cuando tienen oportunidad de ser escrupulosos con ella si supone un obstáculo que perjudique sus intereses. Se me caen los empastes cuando recuerdo a Aznar hablar orgulloso del "patriotismo constitucional".


Terminemos recordando que aquel "decretazo" se llevó por delante al entonces ministro de trabajo, Juan Carlos Aparicio, y condujo a la única huelga general vivida en las dos legislaturas regentadas del PP y recordada por dos desafortunadísimas expresiones: el "no hay huelga general" del desde hace tiempo desaparecido ex-portavoz del Gobierno, Pío Cabanillas, y el CE-CE-O-O de Alfredo Urdaci al frente de los informativos de TVE. Y todo por emplear un procedimiento que vulneraba ese conjunto de principios que rige nuestra convivencia y que tan sacrosanto resulta cuando son otros los que tienen potestad para reformularlo.


El Partido Popular dinamitando la Constitución. Quién nos lo iba a decir...

Cine de 2021 que ha pasado por estos ojos

A continuación dejo un listado de las películas de 2021 que han visto estos ojitos, junto con un enlace a la reseña que dejé en Filmaffinity...