martes, 21 de julio de 2009

¿Qué tratamiento legal merece la violencia ejercida por menores?

El PP pedirá lo que a todas luces sería una rebaja de la edad penal para delitos especialmente escabrosos cometidos por menores. Éstas iniciativas siempre surgen al calor de los noticiarios, con la carga de populismo que por ello llevan y transmitiendo la idea de que hay menores violando niñas en cada descampado. Pero, por una vez y sin que sirva de precedente, coincido con los populares. Si un menor se siente lo suficientemente adulto para violar o asesinar, que la ley le trate como tal.

Quizá el número de delitos violentos cometidos por menores no sea realmente significativo, pero hay que admitir que casos como los de Marta del Castillo o alguno de los recientemente conocidos suponen un golpe a la conciencia colectiva y generan alarma social. No creo que la escasa relevancia numérica de hechos como éstos deba suponer un freno para la ley en su lucha por erradicarlos o, en su defecto, un obstáculo para la entrada en vigor de un castigo acorde con el delito cometido. El matrimonio gay existe sin que hubiera una demanda social masiva para su implantación, y funciona sin que se produzca mayor molestia para quienes no quieren hacer uso del mismo. En el caso de la rebaja de la edad penal estaríamos ante similar circunstancia.

En España un menor de 13 años puede cometer cualquier fechoría y salir completamente impune a efectos legales. En el momento en que se dan sucesos como los enlazados (y me viene a la cabeza el escalofriante caso del pequeño James Bulger en 1992), con menores de ésta edad implicados, me parece razonable el planteamiento una reforma legal que incluya exigencia de responsabilidad penal. El modo en que ésta se articule ya pide hilar más fino, pero por una cosa sí abogaría: que siendo delitos con especial violencia o con resultado de muerte, las penas se acerquen a las cumplidas por un adulto. Y que un chico de 15 o 16 años que cumpla condena por asesinato en un centro de menores ingrese en una prisión de adultos en cuando alcance la mayoría de edad y termine su pena allí.

Siempre he defendido que las leyes deben adaptarse a los cambios sociales. Desde el momento en que un hábito, una costumbre o una conducta se abre hueco entre los ciudadanos, sean aquellos mejores o peores, los legisladores deben tenerlo en cuenta para no desempeñar su labor al margen de la sociedad. Se hace con nuevas modalidades de delincuencia, o en el momento de normalizar tipos de familia distintos del tradicional. Un chaval que comete un crimen como los descritos no puede salir impune, y ni la familia de la víctima ni la sociedad puede percibir que sale impune. Una vez hecho el mal, al menos se ha de conceder el resarcimiento de una condena adecuada a la gravedad del delito ya que doy por descontada la potenciación de políticas de prevención y educación.

En España gozamos de un Código Penal bastante garantista, en gran medida debido a la rémora del franquismo según mi parecer. Durante la transición y los años sucesivos había que disociar el rumbo de nuestra recién nacida democracia de los usos y métodos del sistema legal franquista, lo cual es entendible habida cuenta del sufrimiento producido, pero no justifica que más 30 años después de muerto dictador aún sigamos presos de un buenismo nacido como contraposición a las premisas del franquismo. Pienso que ya es tiempo de afrontar sin complejos los problemas que aquejan a nuestra sociedad y de sentirnos democráticamente legitimados para ello.

1 comentario:

  1. Estoy convencido de que se puede modificar la ley del menor para que actos así no queden impujnes. No sé si rebajando en general la ley penal o estableciendo protocolos particulares para delitos de especial gravedad.

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